Un trabajador que ha
renunciado a su puesto de labores no puede desistirse luego de haber suscrito
el acta de entrega de su cargo, según lo señala el Tribunal Constitucional en
el Expediente N° 03148-2012-PA/TC.
De acuerdo a los datos revisados, el demandante presentó el desistimiento de renuncia manifestando que había sido forzado y coaccionado a suscribir su carta de renuncia, lo cual no fue acreditado. Por el contrario, lo que sí se comprobó es que el certificado de trabajo y el acta de entrega de cargo fueron suscritos por el demandante en señal de conformidad, lo que evidenciaría que la relación laboral se extinguió por voluntad del trabajador.
De acuerdo a los datos revisados, el demandante presentó el desistimiento de renuncia manifestando que había sido forzado y coaccionado a suscribir su carta de renuncia, lo cual no fue acreditado. Por el contrario, lo que sí se comprobó es que el certificado de trabajo y el acta de entrega de cargo fueron suscritos por el demandante en señal de conformidad, lo que evidenciaría que la relación laboral se extinguió por voluntad del trabajador.
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