domingo, 24 de marzo de 2013

EL INCUMPLIMIENTO DE NORMAS DE SEGURIDAD Y DE DEFENSA CIVIL NO PUEDE SUSTENTAR UN CESE COLECTIVO POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

El Ministerio de Trabajo considera que la inobservancia de normas de seguridad y de defensa civil no sirven como sustento de un cese colectivo por caso fortuito o fuerza mayor, conforme a la Resolución Directoral N° 04-2013-MTPE/1/20. 

El empleador alegaba que, de acuerdo a lo verificado por Defensa Civil, en los centros de trabajo no se cumplía con las normas técnicas para el diseño de locales de educación básica regular elaboradas por la Oficina de Infraestructura Educativa del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, de tal manera que esta situación podría provocar un caso fortuito o fuerza mayor.

Sin embargo, de acuerdo al Ministerio de Trabajo, ello no quiere decir que el empleador se encontraba imposibilitado de realizar las acciones correspondientes para adecuarse al cumplimiento de dichas normas, dado que: (i) las normas de seguridad inobservadas datan de hace algunos años, por lo que el hecho que recién se pretenda aplicar para proceder con el cierre de los centros de trabajo no lo convierte en una situación imprevisible, inevitable e irresistible para el empleador; y, (ii) es una obligación legal del empleador brindar a sus trabajadores adecuadas condiciones de seguridad dentro del centro de labores, así como cumplir con las normas correspondientes para garantizar el normal desarrollo de las mismas.

En función de tales argumentos, el Ministerio de Trabajo concluye que las consecuencias de dicho incumplimiento no es una situación que el empleador no pudo prevenir, por lo tanto, no puede ir en desmedro de los trabajadores afectados con la medida de cese colectivo adoptada; en consecuencia, declaró improcedente la solicitud de cese colectivo por causas objetivas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario