Mediante Decreto Supremo N° 003-2013-TR, el Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha aprobado una serie de disposiciones
aplicables a la transferencia de competencias a la SUNAFIL; entre las cuales
destacamos las siguientes:
- La fecha de inicio de la SUNAFIL se establecerá por resolución miniterial.
- Previamente, se deberán realizar un proceso de transferencia progresiva de la competencia del MTPE y los Gobierons Regionales a la SUNAFIL mediante un cronograma que se aprobará por resolución ministerial, pero que deberá terminar antes del 10 de enero de 2014.
- Mientras no se realice la transferencia, el MTPE y los Gobiernos Regionales mantienen su competencia en materia de fiscalización inspectiva y potestad sancionadora a las pequeñas, medianas y grandes empresas.
- Luego de la transferencia, el MTPE y los Gobiernos Regionales mantendrán su competencia solo respecto a los procedimiento administrativos sancionadores que hayan sido iniciados, salvo que suscriban convenios de delegación de facultades. Los expedientes administrativos con orden de inspección en trámite y antes del inicio del procedimiento administrativo sanciondor, serán transferidos a la SUNAFIL.
- Se establecen diversas fechas durante el segundo semestre del 2013, en las que se aprobarán el reglamento organización y funciones, cuadro de asignación, presupuestos y otros instrumentos necesarios para el funcionamiento y la gestión de la SUNAFIL.
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