Según
el Tribunal Constitucional, un trabajador de dirección o de confianza no puede
ser repuesto en su cargo pese a que haya ingresado a laborar mediante concurso
público.
En el caso revisado, la trabajadora había accedido a su cargo de gerente de administración y finanzas mediante concurso público. Sin embargo, fue despedida en base a la pérdida de la confianza, por lo que la trabajadora demandó su reposición.
Al respecto, el Tribunal señaló la elección de un trabajador a través de un concurso público para que desempeñe un cago que, por la naturaleza de sus funciones es de dirección o de confianza, no enerva el hecho de tal calificación ni impide el retiro de la confianza por parte de su empleador.
Puede acceder al texto completo de la sentencia comentada en el vínculo siguiente:
En el caso revisado, la trabajadora había accedido a su cargo de gerente de administración y finanzas mediante concurso público. Sin embargo, fue despedida en base a la pérdida de la confianza, por lo que la trabajadora demandó su reposición.
Al respecto, el Tribunal señaló la elección de un trabajador a través de un concurso público para que desempeñe un cago que, por la naturaleza de sus funciones es de dirección o de confianza, no enerva el hecho de tal calificación ni impide el retiro de la confianza por parte de su empleador.
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