martes, 14 de octubre de 2014

CRÉDITOS LABORALES PUEDEN SER GARANTIZADOS MEDIANTE EL EMBARGO DE BIENES DE LA EMPRESA USUARIA

El Tribunal Constitucional (TC), mediante sentencia recaída en el Expediente N° 04264-2010-PA-TC, consideró válido un embargo efectuado contra una empresa usuaria para garantizar los créditos laborales de un trabajador de una empresa de intermediación laboral. 

Al respecto, el TC señaló que la disposición del patrimonio de la empresa usuaria sin que ésta haya participado del proceso principal no implica una vulneración de su derecho al debido proceso, pues sólo se discutió la correspondencia de los beneficios sociales impagos. En consecuencia, el colegiado concluyó que era responsable solidaria de las acreencias laborales de la empresa intermediadora.

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