sábado, 23 de octubre de 2010

NOTICIA: DESDE MAYO DEL 2011 SOLO PODRÁN DISPONER DE SU CTS QUIENES TENGAN MÁS DE 6 SUELDOS

El 1 de mayo del 2009 se publicó la Ley 29352 que proponía la libre disponibilidad temporal de la compensación por tiempo de servicios (CTS) y su casi intangibilidad desde mayo del 2011.

La próxima aplicación de la segunda parte de esta norma es criticada por diversos especialistas que piden su modificación, porque consideran excesivo restringir a partir del próximo año el acceso a la CTS a quienes tienen menos de seis sueldos en sus cuentas.

La CTS equivale a un sueldo por año. La mayoría no tiene seis sueldos en el banco. Por una parte, porque –en promedio– cada cuatro años y medio la gente cambia de trabajo. Mientras que la gran mayoría de trabajadores que laboran por más de este tiempo utiliza este dinero para urgencias personales, por lo que no llegan a esta cuota.

Por su parte, Gustavo Yamada, profesor de la Universidad del Pacífico, considera que, si bien es cierto se debe asegurar los intereses de los trabajadores, estos deben disponer de todo el excedente de las seis remuneraciones y no del 70% de ellas como lo estipula la ley.

Pero el mayor dolor de cabeza lo tienen los bancos, los cuales consideran que esta ley está mal redactada y no comprende el sistema operativo de estas entidades.

Para comenzar, la norma exige que los empleadores comuniquen a los bancos cuál es el monto que deberá mantenerse no disponible para cada trabajador. Para ello, señalan, se pueden manejar dos salidas: que los empleadores informen a los bancos cuánto es el monto de esas 6,3 remuneraciones brutas, o que los empleadores conozcan cuánto es el saldo que tiene cada trabajador en su cuenta e informar el faltante que debe ser retenido.

“Ni las empresas, ni los bancos, ni el sistema de transferencias interbancarias están preparados para manejar ninguna de esas opciones”, afirman representantes de este sector.

Es más, el 50% de las cuentas de CTS son inactivas, es decir, no reciben un abono desde hace más de un año o más. En ese marco, es imposible aplicar la ley.

Por ello, antes de entrar en el período de intangibilidad es necesario volver a revisar si esta es la mejor forma de cuidar los intereses de los trabajadores y estos comenzar a ver la CTS no como un dinero extra que nos puede sacar de apuros, sino como un seguro a largo plazo.

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