sábado, 28 de junio de 2014

¿SE HOSTILIZA A UN TRABAJADOR POR CAMBIARLO DE CARGO, SANCIONARLO DISCIPLINARIAMENTE Y OTORGARLE VACACIONES?

Una trabajadora solicitó la indemnización por despido arbitrario porque consideró que su empleador la condujo a considerarse hostilizada y darse por despedida, debido a tres razones: (i) fue cambiada de Gerente de Operaciones a Gerente de Comercialización; (ii) fue sancionada disciplinariamente con 30 días de suspensión; y, (iii) por haber sido forzada a salir de vacaciones. 

En la Casación Laboral N° 306-2012-Lima, la Corte Suprema del Poder Judicial analizó el caso y concluyó que la trabajadora no fue objeto de hostilidad, dado que el referido cambio de cargo no afectó sus derechos laborales, remuneración y beneficios; la suspensión de labores no fue impugnada, por lo que se infiere que fue debidamente sancionada; y, por último, las vacaciones fueron propuestas por el empleador y aceptadas por la trabajadora, es decir, no fueron forzadas.

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