Con
fecha 07 de febrero de 2013, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la
Ley N° 29992, mediante la cual se modifica el segundo párrafo del artículo 1°
de la Ley 26644, Ley que precisa el goce del derecho de descanso prenatal y
postnatal de la trabajadora gestante.
Se ha dispuesto la extensión del descanso post natal por treinta (30) días naturales adicionales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad. En este último caso, la discapacidad será acreditada con la presentación del correspondiente certificado otorgado por el profesional de salud debidamente autorizado.
Se ha dispuesto la extensión del descanso post natal por treinta (30) días naturales adicionales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad. En este último caso, la discapacidad será acreditada con la presentación del correspondiente certificado otorgado por el profesional de salud debidamente autorizado.
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