Dr. Jelio Paredes Infanzón
Juez superior de Apurimac
Colaborador del Blog Gestión Laboral
El artículo 121º del Código Procesal Civil señala en cuanto la sentencia lo siguiente:
“Mediante la sentencia el Juez pone fin a la instancia o al proceso en definitiva, pronunciándose en decisión expresa, precisa y motivada sobre la cuestión controvertida declarando el derecho de las partes, o excepcionalmente sobre la validez de la relación procesal.”
CONTENIDO DE LA SENTENCIA LABORAL
El juez recoge los fundamentos de hecho y de derecho esenciales para motivar su decisión. La existencia de hechos admitidos no enerva la necesidad de fundamentar la sentencia en derecho.
La sentencia laboral se pronuncia:
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