De acuerdo al Tribunal Constitucional,
el trabajador que ha tenido varios tramos laborales discontinuos y desempeñando
distintas funciones en cada uno de ellos, no puede acumular estos tiempos para
considerar superado su periodo de prueba. Esta postura es desarrollada en el
fallo recaído en el Expediente N° 2534 2013-PA/TC.
En el caso resuelto, el Tribunal verificó que una trabajadora laboró en la entidad demanda, en un primer periodo, desde el año 1994 al 30 de junio de 2001. Luego, reingresó el 17 de marzo de 2008 hasta el 30 de junio de 2009. Y, finalmente, se incorporó a laborar desde el 3 de febrero de 2012 hasta el 30 de abril del mismo año; es decir, la relación laboral fue interrumpida y se dio bajo distintos cargos.
En este sentido, el Tribunal analizó este último periodo de labores, advirtiendo que solo prestó servicios durante 2 meses y 26 días, y que las labores que realizó fueron distintas a las de su primer y segundo periodo laboral, por lo que concluyó que no superó el periodo de prueba legal.
En el caso resuelto, el Tribunal verificó que una trabajadora laboró en la entidad demanda, en un primer periodo, desde el año 1994 al 30 de junio de 2001. Luego, reingresó el 17 de marzo de 2008 hasta el 30 de junio de 2009. Y, finalmente, se incorporó a laborar desde el 3 de febrero de 2012 hasta el 30 de abril del mismo año; es decir, la relación laboral fue interrumpida y se dio bajo distintos cargos.
En este sentido, el Tribunal analizó este último periodo de labores, advirtiendo que solo prestó servicios durante 2 meses y 26 días, y que las labores que realizó fueron distintas a las de su primer y segundo periodo laboral, por lo que concluyó que no superó el periodo de prueba legal.
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