domingo, 27 de enero de 2013

NO ES POSIBLE EFECTUAR UN DESPIDO POR ABANDONO DE TRABAJO SI EL EMPLEADOR NO PERMITIÓ QUE EL TRABAJADOR INGRESE A LABORAR

De acuerdo a la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huara, si a un trabajador no se le permite el ingreso a su centro de labores, no es posible despedirlo luego por abandono de trabajo. Este criterio forma parte de la sentencia recaída en el Expediente Nº 00117-2010-0-1301-JR-CI-01. 

En el caso revisado por la Sala, el trabajador acreditó que en dos oportunidades acudió a las instalaciones de la empresa paras laborar, acompañado con la Policía Nacional, quien pudo verificar que el vigilante de turno no le permitió el ingreso.

La empresa empleadora despidió al trabajador por haber abandonado su puesto de labores por más de tres días, pero en tanto el trabajador acreditó que tal abandono en realidad no existió sino que la misma empresa le impidió ingresar a laborar, la Corte Superior considera que el trabajador ha sido despedido fraudulentamente, debido a que se utilizó una razón o causa inexistente para desvincularlo bajo la apariencia de una falta grave.


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