lunes, 28 de enero de 2013

LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR AUDITORÍAS AL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SE ENCUENTRA SUSPENDIDA

De acuerdo a lo señalado por el artículo 43 de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo complementado por la Cuarta Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 005-2012-TR, el empleador debe realizar auditorías periódicas a su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo con la finalidad de verificar si éste es adecuado y eficaz para la prevención de riesgos laborales. 

En principio, estas auditorías son obligatorias a partir del 1 de enero de 2013; sin embargo, dicha obligación se encuentra suspendida mientras el Ministerio de Trabajo no emita las disposiciones correspondientes al registro y acreditación de los auditores autorizados para realizar dicha labor y la frecuencia en que éstas deberán ser realizadas.

1 comentario:

  1. Consulta: Dónde se especifica la suspensión de dicha obligación? Gracias

    ResponderEliminar