sábado, 12 de noviembre de 2011

REPARTO DE UTILIDADES

La norma modifica los artículos 8, 9, 10, 12, 14 y 15-A, del DS Nº 009-98-TR, reglamento del D. Leg. N° 892.Así, se crea un nuevo supuesto de infracción leve en materia de relaciones laborales: cuando las empresas en que se hayan generado remanentes, obligadas a informar tal situación al MTPE, no realicen dicha comunicación al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada pago anual del IR. 

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó el reglamento de la ley que regula la participación en las utilidades de la empresa, mediante el DS Nº 017-2011-TR, a fin de optimizar el uso de los recursos producidos por los remanentes de utilidades en empresas generadoras de renta de tercera categoría, en el marco de los programas de promoción del empleo y mejora de empleabilidad a cargo del sector, y para la capacitación de trabajadores en materia de derechos fundamentales laborales. 

El MTPE, además, publicará periódicamente una lista de las empresas que no hayan cumplido con las obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 892, y pondrá esta información a disposición de las centrales privadas de información de riesgos y de protección al titular de la información (Cepirs), según la Ley Nº 27489.

Por último, se señala que la disposición de los recursos transferidos a Fondoempleo se somete a los mecanismos de control institucional que establezca y aquellos propios de la ejecución de los programas de promoción del empleo y mejora de la empleabilidad del MTPE.

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