Mediante la
Resolución de Intendencia N° 127-2014-SUNAFIL/ILM del 12 de enero del 2015, la
Autoridad de Trabajo confirmó la sanción impuesta a una empresa de construcción
de edificios por no contar con un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo
conforme a Ley, pues dicho plan no especificaba la normativa vigente en materia
de seguridad y salud en el trabajo; no establecía de forma específica los
procedimientos de trabajo para las actividades de alto riesgo y no contaba con
la programación de capacitaciones e inspecciones en materia de seguridad y
salud en el trabajo, entre otras omisiones.
Así, la SUNAFIL señaló que dicho incumplimiento afectaba a todos los trabajadores de la inspeccionada y a todos los trabajadores de la empresa contratista que realizaban labores en la obra de construcción verificada, adoptando dicho parámetro para la graduación de la sanción.
Así, la SUNAFIL señaló que dicho incumplimiento afectaba a todos los trabajadores de la inspeccionada y a todos los trabajadores de la empresa contratista que realizaban labores en la obra de construcción verificada, adoptando dicho parámetro para la graduación de la sanción.
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