En la sentencia recaída en el Expediente N°
01671-2013, el Tribunal Constitucional (TC) ordenó la reposición de un ex
trabajador de una empresa contratista, por considerar que el esquema de
tercerización implementado se encontraba desnaturalizado.
El demandante había sido contratado por más de una empresa de tercerización de manera sucesiva, a fin de que preste servicios en las instalaciones de la misma empresa usuaria, desempeñándose como Asistente de Seguridad Patrimonial.
El TC determinó la desnaturalización de los contratos de tercerización en base a los siguientes elementos:
El demandante había sido contratado por más de una empresa de tercerización de manera sucesiva, a fin de que preste servicios en las instalaciones de la misma empresa usuaria, desempeñándose como Asistente de Seguridad Patrimonial.
El TC determinó la desnaturalización de los contratos de tercerización en base a los siguientes elementos:
a.
Los correos electrónicos remitidos por funcionarios
de la empresa usuaria y dirigidos al demandante, en los cuales se le informaba
acerca de los turnos de trabajo, el lugar de prestación de servicios y ciertas
funciones que debía desempeñar.
b. El correo electrónico donde el Asistente Legal de
la empresa usuaria le requería al demandante coordinar con la movilidad que lo
iba a trasladar a la Fiscalía donde debía prestar su manifestación, en
representación de la empresa usuaria.
c. Diversos documentos que acreditan que la empresa
usuaria le entregó al demandante un teléfono celular, asumiendo los costos
inherentes a él.
En tal sentido, el TC concluye que “los medios
probatorios citados demuestran que entre (…) y el recurrente existió una
relación laboral a plazo indeterminado que fraudulentamente fue encubierta
mediante contratos de tercerización. Por dicha razón la extinción de su
relación laboral es un despido arbitrario, por cuanto (…) no ha justificado la
extinción en la comisión de una falta grave relacionada con su conducta o
capacidad laboral, razón por la cual procede estimar la demanda y ordenar su
reposición.”
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